Copias

Son aquellas copias solicitadas por una o alguna de las partes otorgantes. Hay dos clases de copias:

  • Copias simples: Son aquellas copias con valor meramente informativo.
  • Copias autorizadas: Son aquellas copias que tienen valor frente a terceros, es decir, es la copia firmada, rubricada y sellada por el notario autorizado.

Si es otorgante de un documento notarial o tiene interés legítimo en ese documento notarial, puede solicitar una copia al notario otorgante o al notario que tenga la custodia de dichos protocolos. Los documentos notariales firmados deben ser custodiados durante 25 años por algún Notario de la localidad donde se firmó.

Si usted necesita solicitar alguna copia, para su comodidad, puede ponerse en contacto con nosotros o a través de cualquier otra notaría.