Son aquellos aquellos documentos de contenido mercantil que es redactado de forma unilateral por una de las partes contratantes, que suele ser por norma general una entidad bancaria o de crédito.
El Notario interviene dicho documento, es decir, da fe que las personas que otorgan dicha póliza lo hacen delante suyo y han dado su consentimiento negocial.
La póliza no tiene que ser necesariamente intervenida notarialmente. Es un documento válido si no se interviniera, pero carecería de los efectos privilegiados y ejecutivos que provoca la actuación notarial.
Las pólizas más habituales suelen ser:
- Préstamos
- Créditos
- Renting
- Leasing
- Pignoraciones
- Avales
- Factoring